¿Dónde pongo las colmenas? Aquellas una de las primeras cuestiones que nos realizamos una vez que empezamos. Los apicultores que únicamente poseen unas escasas colmenas, las acostumbran poner en su propio jardín o huerto. Empero para porciones mejores, va a hacer falta un emplazamiento específico y para eso hay varios componentes a considerar.

El caso del colmenar debería facilitar el trabajo de las abejas y el del apicultor, respetando constantemente la reglamentación relativa a las distancias a mirar en medio de las colmenas, por una sección, y las vías públicas y características vecinas, por otra.

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¿Qué propiedades buscamos en el momento de escoger un emplazamiento?

Proximidad a las fuentes de néctar y polen. La obrera pecorea preferentemente a menos de un kilómetro; rara vez va más allá de 3 kilómetros.

Buena accesibilidad del lote. Es primordial tener ingreso simple con un transporte hasta alrededor de las colmenas. Esto facilitará las visitas para alimentar o cosechar. Más todavía si cabe si hacemos trashumancia.

Que no sea inundable. Evitaremos además terrenos que tienden a encharcarse en determinadas épocas del año, es mejor una suave pendiente y un lote que drene bien el agua de las lluvias.

Limitado peligro de incendios. Podría ser un componente a considerar. Sin embargo, el sector del emplazamiento tendrá que limpiarse y desbrozarse con regularidad en un radio de 4 metros en torno al apiario.

Microclima conveniente fuera de capas de viento gélido. El asiento como mejor está es arropado del aire y de la humedad, soleado por la mañana y tarde, rodeado de arbustos en los cuales se posarán los enjambres y, delante de las colmenas, independiente de plantas bajas.

La proximidad a alguna fuente de agua. Se estima un factor importante en la ingesta de alimentos y en la refrigeración de la colonia. Sin embargo, debemos evadir terrenos con exceso de humedad.

Respetuoso con el vecindario y que cumpla la legalidad. Más allá de la ley debemos utilizar el sentido común y eludir poner las colmenas donde sean una molestia (incluso un riesgo) para usuarios de senderos forestales o fincas colindantes. Las colmenas tampoco tienen que provocar molestia en veredas y pasos de ganado o maquinaria.

Que no haya masificación de colmenas. No debemos poner nuestras propias colmenas bastante alrededor de las que ya permanecen instaladas, o sea a 2 o 3 km conforme con la floración. Puede que haya demasiada abeja en una misma región y entren en competencia y esto perjudique a la cosecha. Esto podría ser un asunto de disputa entre apicultores. De nuevo, la comunicación previa con los apicultores emplazados en el sector, nos van a permitir triunfar tiempo y generar de paso un sólido círculo de amistades.

¿Cómo disponemos las colmenas en el emplazamiento?

Se debería buscar una disposición de colmenas que evite la deriva de las pecoreadoras; separaciones cambiantes, series de colmenas separadas (no online recta) o bien en círculos, o en pequeños equipos de una decena, piqueras orientadas en diferentes direcciones (las orientaciones este y sur, constantemente, son las mejores); postes, rocas, matorrales sirven de orientadores visuales.

Además deberemos de poner las colmenas en elevado y sutilmente inclinadas hacia debajo. Tienen la posibilidad de usar un soporte específico o cualquier otro eficaz que nos posibilite elevarlas. Más allá de que laborar a una elevación baja sea una postura incomoda para la espalda, se tienen que levantar las colmenas para aislar la colmena de la humedad que se genera al estar en contacto el fondo de la colmena con el suelo. Además debemos inclinarlas sutilmente (unos 3 cm) para eludir que se acumule agua en el interior y facilitemos de esta forma las tareas de aseo.

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¿Terreno Público o Privado?

Todo el cerro tiene un propietario y debemos obtener permiso. No se debería caer en el error de pensar «este lote no es nadie, voy a situar aquí mis colmenas» pues a extensa surgirán inconvenientes o disputas.

Un lote puede tener un dueño público o especial privado. Lo primero es consultar a quien pertenece. En la gestión pública, hay montes que son de dominio municipal, otros de Diputación o de Consejería, por consiguiente deberemos preguntar a la gestión competente.

Una vez claro el dueño, deberemos obtener el permiso.

En entorno privado basta con llegar a un pacto verbal con el dueño, aunque lo recomendable podría ser tener un contrato firmado por las dos piezas interesadas. En este consenso puede haber indemnización económica o no.

En entorno público dependerá de cada gestión. Ejemplificando, hay sociedades autónomas donde se subastan montes públicos con base a puntuación que obtendría cada apicultor según cumpla determinados criterios.

El valor de los contactos y de las interacciones humanas que tengamos en cada zona es determinante en el momento de hallar nuevos emplazamientos en los cuales poder asentarse cómodamente evitando inconvenientes.

Uno de los asentamientos más particulares de todo el mundo en China.

¿Qué dice la ley en relación a las distancias entre colmenares?

La legislación de España contempla la disposión de los asentamientos apicolas, así como las distancias que tienen que conservar en relación a centros urbanos, casas rurales, carreteras y senderos.

El Real Decreto 209/2002 instituye las reglas simples por las que se regula la aplicación de medidas de ordenación sanitaria y zootécnica de las explotaciones apícolas, así como las condiciones de localización, asentamiento y desplazamiento de colmenas, entre otros.

En el artículo 8 del Real Decreto 209/2002, se detallan las condiciones de implementación de las explotaciones apícolas: distancias mínimas a los establecimientos colectivos de carácter público, centros urbanos y núcleos de población, a las casas rurales habitadas e instalaciones pecuarias, a las carreteras nacionales y comarcales y a los senderos vecinales, así como las distancias mínimas entre asentamientos apícolas.

Resumiendo su contenido:

La disposición y naturaleza de las estructuras e instalaciones, utillaje y equipo posibilitarán en todo instante la ejecución de una eficaz limpieza, sanitización y desparasitación en caso primordial.

Los asentamientos apícolas deberán respetar las distancias mínimas siguientes en relación a:

Establecimientos colectivos de carácter público y centros urbanos, núcleos de población: 400 metros.

Viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias: 100 metros.

Carreteras nacionales: 200 metros.

Carreteras comarcales: 50 metros.

Caminos vecinales: 25 metros.

Pistas forestales: las colmenas se instalarán en los bordes sin que obstruyan el paso.

 

Sin embargo, para las explotaciones de autoconsumo, otras distancias mínimas van a poder ser establecidas por cada Comunidad Autónoma según con las concretas propiedades de la producción apícola en su entorno territorial.

Para el establecimiento de distancias mínimas entre asentamientos apícolas, no se considerarán los asentamientos de menos de 26 colmenas como alusión para decidir distancias mínimas entre asentamientos.

La distancia fundada para carreteras y senderos en el apartado 2 va a poder reducirse en un 50% si el colmenar está en pendiente y a una elevación o desnivel preeminente de 2 metros con la horizontal de estas carreteras y senderos

Las distancias establecidas en el apartado 2 van a poder reducirse, hasta un más alto del 75%, constantemente que los colmenares cuenten con una alrededor de, por lo menos, 2 metros de elevación, en el frente que se encuentre localizado hacia la carretera, camino o establecimiento de alusión para establecer la distancia. Esta cerca va a poder ser de cualquier material que obligue a las abejas a empezar el vuelo por arriba de ambos metros de elevación.

Esta distinción no va a ser de aplicación a lo dispuesto para distancias entre asentamientos apícolas.

¡Ojo! Este decreto regula de forma general a todo el territorio nacional. Sin embargo, cada sociedad autónoma tiene las competencias para regular esta normativa y entablar más limitaciones constantemente y una vez que sean más restrictivas, empero jamás más laxa.

¿Cuántas colmenas colocamos por apiario?

La proporción de colmenas que puede instalarse en un espacio está de manera directa relacionada con diversos componentes determinantes o de menor trascendencia; entre otros se resaltan:

1- Calidad y proporción de la flora apícola del área del asentamiento

2- Duración de la flora disponible para las abejas.

3- Clima

5- Capacidad de trabajo del apicultor.

Con base a dichos componentes, el número más alto de colmenas a emplazar es relativo. Sin embargo, es común mirar en la práctica:

  • Unas 20 colmenas para un colmenar anaquel (fijista);
  • Un rango entre 50 y 100 colmenas o inclusive más, o sea, el cargamento de medio camión o un camión en apicultura trashumante.
  • Para criar núcleos, se puede llegar a instalar hasta 100 ó 150 colmenas por colmenar.
  • Para la fecundación de reinas, tienen la posibilidad de reunirse hasta 300 ó 400 núcleos de fecundación en un colmenar.